domingo, 27 de septiembre de 2015

NUEVAS COMPETENCIAS NOTARIALES

Con fecha reciente entro en vigor la ley de jurisdicción voluntaria; los notarios ya pueden disolver matrimonios, de mutuo acuerdo, y que no tengan hijos menores y dentro de poco también podrán celebrar casamientos (matrimonios). A los notarios se les dará potestad para resolver las herencias a beneficios de inventario aquellos en las que las deudas recibidas superan el valor de los bienes. Así se liberan los juzgados de trabajo. ¿Cuáles son estas nuevas competencias para los Notarios en la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria? 1. A partir del 30 de junio de 2017, el matrimonio civil también podrá contraerse ante Notario, Juez del Registro Civil o de Paz, Secretario Judicial, Concejales y Alcaldes. Actualmente, los Notarios ya intervienen en temas de familia como las capitulaciones matrimoniales, el reconocimiento de hijos, la protocolización de convenios familiares, las tutelas, la constitución de parejas de hecho, etc. 2. Los Notarios también podrán, a partir del 30 Junio de 2017, tramitar separaciones y divorcios, cuando no existan hijos menores a cargo de la pareja, con lo que seguramente se agilizarán los plazos de estas mismas tramitaciones en los Juzgados y, además, con la misma seguridad jurídica. 3. En cuanto al tema de las sucesiones sin controversia, los Notarios podrán, por ejemplo, conocer temas como el de los herederos colaterales de aquellas personas que han fallecido sin hacer testamento; por lo que estos herederos podrán recibir la herencia sin tener que acudir ante un Juez. Los herederos directos, desde hace varios años, pueden encargar a los Notarios algunos asuntos de las sucesiones abintestato, es decir, sin testamento y sin controversia. 4. Los Notarios también conocerán de los expedientes de reclamación de deudas dinerarias sin controversia entre las partes, lo que permitirá acortar los plazos actuales. También se podrán realizar las subastas notariales, que serán estrictamente electrónicas, lo que abaratará y agilizará el procedimiento. 5. Otro asunto que se podrá hacer ante Notario es la conciliación. Desde 2012, los Notarios ya actúan en el ámbito de la mediación como mediadores. La conciliación y la mediación, como función pública notarial, lleva intrínseco el asesoramiento imparcial y equilibrado a las partes, para alcanzar en situaciones complejas acuerdos que sean conformes con la legalidad.

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